Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO : SIN LUGAR la Apelación interpuesta por SONIA MARINI CEDEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.082, actuando en nombre y representación del ciudadano BENIGNO CARDENAS PINTO, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-381.644, contra decisión de fecha 09 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. SEGUNDO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por SONIA MARINI CEDEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.082, actuando en nombre y representación del ciudadano BENIGNO CARDENAS PINTO antes identificado.
Queda así confirmada la decisión apelada.-