este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dictó sentencia interlocutoria Nº PJ602011000318, mediante la cual se declara INCOMPETENTE para conocer del asunto debatido en razón de la materia y en consecuencia, plantea el conflicto de competencia, ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. Y en virtud del conflicto de competencia suscitado se ordena de conformidad con lo establecido en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 26, numeral 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el envío del presente expediente a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio con las inserciones pertinentes