Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la profesional del derecho RAINOA MARTINEZ MORFFE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 91.828, apoderada judicial de la parte demandante, contra sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 13 de noviembre de 2006, en el juicio que por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara la ciudadana KETTY BEATRIZ VALDEZ GONZALEZ, contra la sociedad mercantil SECRETARIA DE PUERTOS DEL ESTADO ANZOATEGUI, S.A., en consecuencia, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia proferida por el Tribunal A quo. Así se decide.