DISPOSITIVA
El Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de RANDY JOSE GONZALEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-19.673.434, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 27-11-91, de 20 años de edad, Soltero, Albañil, hijo de JOSE GONZALEZ y AURA RIVERO, domiciliado en la Calle 6,, Sector 01, Casa Nº 24, Cerca de la Bodega la Polla, Barcelona Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio de la COLECTIVIDAD.,