Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD al imputado JOSE ERNESTO CARRILLO CAMACHO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.201.609, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 15-04-1970, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio panadero, hijo de los ciudadanos JOSE ANGEL CARRILLO (v) y FLORENCIA CAMACHO DE CARRILLO (v), residenciado en la Primera entrada del Ciguelar, Vía Chorrerón hacia la Sirena, Casa S/N°, Tercera Casa a mano derecha en la esquina, Guanta, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal vigente, en perjuicio del niño WILMER JOSE MARCANO PINTO, todo conforme a lo establecido en .....