En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: La Libertad del ciudadano MANUEL JOSE MARIN IRIGOYEN, quién es venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 14 de Septiembre de 1982, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.875.897, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante de Administracion Tributaria, residenciado en Vereda 20, Casa N° 8, Sector C, Boyaca V, Barcelona, Estado Anzoátegui; por aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas contenidas en el artículo 256, ordinales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de "LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES", previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. Líbrese Oficio a la Zona Policial N° 01 de la Policía del Estado Anzoátegui, participando de la Medida Cautelar S.....