DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados FRANNY DE JESUS URBINA, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.873.136, natural Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 24-12-1986, de 23 años de edad, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos JOSE GUTIERREZ (V) y MILAGROS URBINA, residenciado en Calle Libertad, Buenos Aires, Barcelona Estado Anzoátegui; JOSE IGNACIO RAMOS MEJIAS, quien es venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° 16.252.421, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 30-07-1982, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Tec. Sup. en Higiene y Seguridad Industrial, hijo de los ciudadanos NAHUM RAMOS (V) y MIRIAN .....