En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD PLENA E INMEDIATA al ciudadano: JUAN CARLOS ROMERO PERRONE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.793.753, natural de Maturín, Estado Monagas, donde nació en fecha 6-10-1977, de 27 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio comerciante, hijo de los ciudadanos ADOLFO ROMERO (D) y NORCA PERDOMO (v), domiciliado en Urbanización Vista Hermosa, Calle los tucusito N° 56, Estado Monagas. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a los fines que emita el acto conclusivo correspondiente. Líbrese oficio a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a los fines de participarle de la libertad del Ciudadano. El Procedimiento a seguir es el ordinario. Remíta.....