Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se declara Sin Lugar la solicitud del ciudadano RAMJUST DEL VALLE RODRIGUEZ GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.506.280, debidamente representado por el Abogado GUSTAVO JOSE BRITO GONZALEZ, donde solicita a este Tribunal la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: Marca: CHEVROLET, Modelo: CORSA, Año: 2001, Color: VERDE, Clase: AUTOMOVIL, Tipo: COUPE, Uso: PARTICULAR, Placas: SIN PLACAS, Serial de Carrocería: 8Z1SC21Z91V313261 y Serial de Motor 91V313261; de conformidad con el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase