Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Tercero de Primera Instancia en Punción del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara a los acusados DIONNY JOSE FERNANDEZ FERNANDEZ, y CESAR ANTONIO FLORES, responsables y por ende CULPABLES, en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTABLECIMIENTO COMERCIAL GENU y EL ORDEN PUBLICO, para el primero y para CESAR ANTONIO FLORES, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en los artículos 458, en relación con el numeral 3º del artículo 83 ibidem, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido e.....