Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme al artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal, se ACUERDA: la remisión de la presente causa signada con el Nº BP01-P-2009-003808, seguida contra de las acusadas JALOUISIE DE GAMARRA y SOLANGEL DEL VALLE ALVAREZ REMDON, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR ENVENENAMIENTO, en perjuicio del hoy occiso RUBEN GAMARRA SOBENES, al Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, a los fines de que por ser su juez natural, continúe con los actos de prosecución del presente proceso, por haber sido declarada sin lugar en fecha 11-10-2011, la recusación signada con el Nº BK01-X-2010-000066, la cual había sido interp.....