Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia en lo Penal en Función de Juicio N° 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: ASUME EL CONTROL JURISDICCIONAL EN LA PRESENTE CAUSA y ordena la celebración del JUICIO ORAL Y PÚBLICO CON TRIBUNAL UNIPERSONAL a la ciudadana VIRGINIA AGUILERA DE MARCANO quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.206.205, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01-06-1957, de 44 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio ama de casa, hija de DELFINA DE AGUILERA y AGUSTIN AGUILERA, residenciada en el Barrio el Espejo, Calle Neverí, Barcelona, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. SEGUNDO: Se fija como fecha para la celebración del juicio oral y público con Tribunal Unipersonal para el día 20 DE MAYO DE 2008, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA .....