En consecuencia este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: CULPABLE al acusado YOXI ALEXANDER PONCE, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 458 y 215 del Código Penal, respectivamente, cometido en perjuicio de LUSLEIDA JOSEFINA DANIA ALVAREZ y lo condena a cumplir la pena de SIETE (7 ) AÑOS y DOS (02) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal; de conformidad con lo dispuesto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. La pena impuesta será cumplida de la forma que determine al Tribunal de Ejecución que corresponda, manteniéndose la privación de libertad respecto al acusado. Asimismo, este Tribunal no condena en costas al acusado, de conformidad al artículo 254 del Código Orgánico Pro.....