En consecuencia este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: CONDENA al acusado ARQUIMEDES ALEJANDRO RAMOS CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.930.424, natural de Caripito, Estado Monagas, donde nació el día 18-02-66, de 45 años de edad, estado civil soltero, hijo de los ciudadanos JESUS RAMOS y MARIA CEDEÑO, residenciado en el Barrio Bello Monte, por los lados del Tanque, casa S/Nº. Puerto La Cruz; por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, SUSTRACCION Y RETENCION DE NIÑAS, Previsto y sancionado en el articulo 272, de la Ley Orgánica para la protección de Niños, niñas y adolescentes, y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, Previsto y sancionado en los artículos 09 y .....