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Decisiones del dia 04/12/2004

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control LOPNNA
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BP01-D-2004-000345 N° Sentencia : Fecha: 04/12/2004
Procedimiento:
Medida Cautelar Sustitutiva
Partes:
FISCAL: ABOG. BETZAIDA SANCHEZ OSTOS, DEFENSOR: ABOG. ANA KATIUSKA CHACIN
Resumen:
Por lo razonamientos antes expresados, este Tribunal de Control N° 02 Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE lo siguiente: PRIMERO: Los Adolescentes: OMITIDO, fueron APREHENDIDOS EN FLAGRANCIA el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado supletoriamente por autorización expresa del articulo 537 único aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, según el cual delito flagrante es aquel que esté cometiéndose. Todo en concordancia con el artículo 557 de la Ley Especial. SEGUNDO: Los hechos imputados a los Adolescentes: OMITIDO constituyen el delito de HURTO SIMPLE FRUSTRADO EN GRADO DE COAUTORES, tipificado en el artículo 453 del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 segundo aparte; que se señala cometido en perjuicio de la Empresa PDVSA; TERCERO: Se ordena la APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO .....
Juez/Ponente:
Joanny Bogarin
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control LOPNNA
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N° Expediente : BP01-S-2004-000344 N° Sentencia : Fecha: 04/12/2004
Procedimiento:
Medida Cautelar Sustitutiva
Partes:
FISCAL ABOG. BETZAIDA SANCHEZ OSTOS, DEFENSA ABOG. ANA KATIUSCA CHACIN
Resumen:
Por lo razonamientos antes expresados, este Tribunal de Control N° 02 Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE lo siguiente: PRIMERO: El Adolescente OMITIDO, fue APREHENDIDO EN FLAGRANCIA, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, según el cual, se tendrá como delito flagrante aquel que acaba de cometerse; Aplicada la norma adjetiva por autorización expresa del artículo 537 único aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Los hechos imputados al Adolescente OMITIDO, configuran el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano Vigente, que se señala cometido en perjuicio del ciudadano ADOLFO JOSE LA ROSA; cuyo grado de participación es la Coautoría, por haber concurrido el Adolescente LUIS DANIEL.....
Juez/Ponente:
Joanny Bogarin
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control LOPNNA
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