Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara Con Lugar la solicitud de Sobreseimiento Provisional realizada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, y en consecuencia se DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a favor del Joven IDENTIDAD OMITIDA, por los delitos de de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR previsto en el Articulo 458 del Código Penal en relación con el articulo 83ejusdem, y LESIONES PERSONALES INTENACIONALES MENOS GRAVES CALIFICADAS , previsto en el articulo 413 del Código Penal en relación con el articulo 418 ejusdem, en perjuicio de JOSE DIAZ VELASQUEZ Y OSCAR ZAPATA, por el lapso de un (01) año; todo de conformidad con los artículos 555, 561 literal e, 649, todos de la Ley O.....