Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, en función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA la UBICACION del sancionado JOSE DANIEL MEZONES y a tales efectos se comisiona a los funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de la Policía Estado Anzoátegui Zona Policial Nº 4, quienes notificaran al prenombrado sancionado, que debe comparecer por ante este despacho dentro del tercer día hábil siguiente a su ubicación, debiendo dicho Cuerpo Policial notificar a este Despacho de las resultas de la presente comisión. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos, 646 y 647 literal "a", de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente.