Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, en función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA la CAPTURA del ciudadano JESUS ENRIQUE GUZMAN VELIZ venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 23/09/1992, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.762.725, Soltero, hijo de los ciudadanos Franklin Guzmán Y Daisy Veliz, residenciado La Bomba, Calle la Bomba, casa s/n, en el Cerro la Bomba Guanta Estado Anzoátegui, Teléfono 0416-3196144, y a tales efectos se comisiona a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Anzoátegui, sub.-Delegación de Puerto la Cruz, debiendo notificar a este Despacho una vez el prenombrado sancionado sea capturado . Todo de conformidad con lo establecido en .....