DISPOSITIVA
Por las consideración anteriormente expuesta este tribunal de Ejecución Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA LA LIBERTAD PLENA del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien dice haber nacido en la Población de Cantaura del Estado Anzoátegui en fecha 11/04/1992, hijo de LOS Ciudadanos Lizmar Salcedo y Josué Zacarías, titular de la cedula de identidad Nº 21.629.182, de Estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en Sector Vista Alegre Calle Bella Vista Casa Nº 12 De La Ciudad De Anaco Estado Anzoátegui, por haber operado la PRESCRIPCION DE LA SANCIÓN DE LIBERTAD ASISTIDA impuesta por el plazo de DOS (02) años, en la causa seguida por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto en el articulo 458 del Código Penal, en agravio de los ciudadanos CARLOS ENRIQUE GARCIA y ANTHONY GABRIEL MEJIAS, .....