IV
DECISIÓN
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la Demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL que ha incoado la ciudadana ROSA ELENA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.274.702 y domiciliada en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a través de sus Apoderadas Judiciales Abogadas en Ejercicio COROMOTO RONDON y LUISA SALAZAR, de este domicilio e inscritas en el IPSA bajo los Nº 270.222 y 190.913, respectivamente, en contra del ciudadano ORLANDO CRISTANCHO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.334.159. Así se decide.
Regístrese. Publíquese y Déjese Copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho .....