Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Anzoátegui administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada por la parte demandante en el Escrito libelar, en la Demanda que por Cumplimiento de Contrato ha incoado el ciudadano OSCAR ALEJANDRO GÓMEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.115.329 y de este domicilio, en contra de la ciudadana AYARIT JOSEFINA ARAQUE SOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 13.070.935 y domiciliada en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. Así se decide.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripció.....