Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente proceso contentivo de la acción mero declarativa incoada por la ciudadana MARIA JULIA DEL CARMEN MONSALVE RIVAS, venezolana, mayor de edad, de profesión comerciante, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.010.212, asistida por la Abogada en ejercicio EDYS GONZÀLEZ DE CALDERÒN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 91.166, ordena reponer la presente causa al estado de citar a los herederos conocidos y de nueva citación de la defensora judicial de los sucesores desconocidos del ciudadano José González Faro. Así se decide.