Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido, mediante diligencia de fecha 12 de mayo de 2.008, por la ciudadana YOHANNA DEL VALLE GARCÌA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.055.036, asistida del Abogado ejercicio RAUL ANTONIO HERRERA BUTTÒ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.846.056, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.265, actuando como demandante, en el juicio incoada por ésta en su propio nombre en contra del ciudadano CARLOS ARGENIS TORREALBA AGUILAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.601.486, en contra de .....