decreta MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, en el sentido de que le restituya de manera inmediata el servicio de agua, indispensable para la salud física, en el inmueble ubicado en el edificio Araba, del conjunto residencial La Otra Banda, piso 3, identificado con el Nº A-36, ubicado en la Avenida Prolongación Paseo Colón, Sector Aquavillas del Complejo Turístico El Morro, Puerto la Cruz del Estado Anzoátegui