Es por lo antes expuesto, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la ley y en razón de lo establecido en el mencionado artículo, y al no haber comparecido la parte demandante, ciudadana MARIA ELENA LEIVA, antes identificada, al Primer Acto Conciliatorio, fijado por este Tribunal para el día 02 de Mayo de 2017, en cumplimiento en la Norma Ut Supra señalada, debe declarar como en consecuencia declara LA EXTINCIÓN del presente juicio de DIVORCIO intentado por la ciudadana MARIA ELENA LEIVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.293.659, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MOREILA JOSEFINA MEJIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 157.706, en contra ciudadano JOSE LUIS QUIJADA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.42.....