este Tribunal Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas actuaciones suficientes para acreditar el derecho de propiedad que alegan los solicitantes José Maria Salazar Macadan, Ana Cecilia Salazar de Flores, Cruz Del Carmen Salazar de Tineo, Argelia Cecilia Salazar de Acuña, Teresa Agustina Salazar de Lezama, Lorenzo Antonio Salazar Macadan, Maria Gregoria Salazar Macadan, Jesús Rafael Velásquez, Josefina Del Valle Salazar de Molina (difunta), Inés Maria Salazar Macadan (difunta), sobre dichas bienhechurías, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Entréguese estas actuaciones originales a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Juzgado durante el presente .....