CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana Zelmira Josefina Gómez de Yépez contra su cónyuge, ciudadano Narciso Rafael Yépez Rodríguez, ambos anteriormente identificados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, ordinal 2º y 3°.- En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos cónyuges en fecha 21 de mayo de 1982 ante el Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, según se evidencia de Acta de Matrimonio N°. 17, la cual fue acompañada a los autos en copia certificada. Así se decide.