Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Confesión Ficta del demandado y en consecuencia declara CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares, interpuesta por José Alfonso Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. q8.420.595, contra del ciudadano Francisco González Gueima, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.399.496, respectivamente; en consecuencia, se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: La cantidad de cincuenta y cinco millones de bolívares (Bs. 55.000.000,00), correspondiente al monto adeudado por las factura Nº 00024, de fecha 11 de enero de 2006.-
SEGUNDO: La cantidad de sesenta y seis millones cuatro mil doscientos cuarenta bolívares (Bs. 66.004.240,00), correspondiente al monto adeudado por.....