Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en vista a la Confesión Ficta en que incurrió la parte demandada ciudadana Virginia Muñoz, se declara CON LUGAR la pretensión de Cumplimiento de Contrato de Comodato incoado por el ciudadano Waimer Lihon Calderón, en contra de la ciudadana Virginia Muñoz, en consecuencia, se ordena a la parte demandada, Virginia Muñoz, a hacer entrega a la parte demandante, ciudadano Waimer Lihon Calderón, el inmueble constituido por una casa ubicada en la Urbanización Santa Rosa II, de la Ciudad de Puerto Píritu, Municipio Autónomo Peñalver, Jurisdicción del Estado Anzoátegui, totalmente desocupado y en las perfectas condiciones en que lo recibió.-
Notifíquese a las partes de la presente sentencia, por encontrarse fuera de.....