Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la presente ACCIÒN MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, presentada por la ciudadana ROSS MARY SERRANO RODRIGUEZ, contra los HEREDEROS DEL CIUDADANO MIGUEL RAFAEL CARPIO MAITA, todos plenamente identificados en autos. Asimismo de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte actora. ASI DECIDE.