Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE la pretensión de la parte actora ciudadana MERLY JOSEFINA MARTINEZ TORRES, contra la sociedad mercantil CASA GRANDE BIENES RAÍCES C.A., representada por los ciudadanos WIRMA JOSEFINA CANO MARTÍNEZ y JOSÉ LUIS CAMACHO ROMAN; y contra el ciudadano MIGUEL LEONARDO COLINA PHILLIPS, todos plenamente identificados en autos. En consecuencia, se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal por auto de fecha 07 de Julio de 2014, sobre el inmueble propiedad del co-demandado MIGUEL LEONARDO COLINA PHILLIPS. ASI SE DECIDE.-
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento .....