Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: IMPROCEDENTE, la solicitud de la Medida Preventiva de Secuestro realizada por el abogado en ejercicio HEBERTO CONTRERAS CUENCA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana GLADYS DEL VALLE FIGUERA MORENO, por lo que se NIEGA la misma. Así se decide.-