En razón de los hechos narrados y de los derecho invocados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, constituido como Tribunal Colegiado Retasador, en fase estimativa; Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, cuantifica la presente estimación de honorarios profesionales, en la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), monto éste que deberá pagar la parte demandada, MIGUEL ÁNGEL ABREU; a la parte demandante JESÚS ALFREDO ROJAS TORRES, civilmente hábil, cédula de identidad Nº 8.466.894, profesional del derecho con inscripción en el Instituto de Previsión Social con el Nº 37.176; por sus actuaciones judiciales efectuadas en el causa signada con la nomenclatura BP12-L-2010-000258, interpuesta por MIGUEL ÁNGEL ABREU, civilmente hábil, cédula de identidad Nº 5.392.869 y con domicilio en Anaco, Municipio Autónomo Anaco, Estado Anzoátegui, por motivo .....