Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Primero: Se declara INCOMPETENTE EN RAZON DE LA CUANTIA para conocer la presente acción por Cumplimiento de Contrato, incoada por la ciudadana YANAIBEL JOSEFINA CAIRO PEREZ, contra los ciudadanos EDUARDO JOSE BRITO GARCIA y ROSELYS RODRIGUEZ BETANCOURT, ambos plenamente identificados en autos. Segundo: Se plantea CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, sede El Tigre, a objeto de que éste sea el encargado de dilucidar el órgano jurisdiccional al cual debe a.....