Por lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con Lugar la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria) interpusiera el ciudadano FRANCISCO JOSÉ ROJAS TINEO, contra la sociedad mercantil JRF SUPPLY, C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos, y se CONDENA a la demandada, a cancelar al demandante, las siguientes cantidades de dinero: PRIMERA: La cantidad de VEINTE MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 20.300,oo).- SEGUNDA: La cantidad de UN MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES (Bs. 1.624,oo), por concepto de intereses moratorios devengados desde el mismo momento en el que fueron presentados para sus respectivos pagos los cheques, calculados a un doce por ciento (12%) anual.- TERCERA: La cantidad de CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES (Bs. 5.481,oo), por concepto de honorarios de abogados, calculados a razón del veinticinco por ciento (25%) del valor de la demanda......