En efecto considera esta Juzgadora que a los fines de no continuar con dilaciones en el presente expediente y lograr impartir administración de justicia, pero a la vez no incurrir en excesos judiciales, acuerda plantear el Conflicto Negativo de Competencia, y en virtud de que en efecto se considera INCOMPETENTE a este Juzgado para conocer de la presente causa, en razón de TERRITORIO, MATERIA Y CUANTIA.
En virtud del Conflicto Negativo de Competencia planteado, entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, extensión El Tigre, y, el Juzgado del Municipio Anaco de esta Circunscripción Judicial, este Juzgado acuerda remitir las presentes actuaciones al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los fines de conocer sobre el mismo.