En mérito de las anteriores consideraciones, y analizadas como fueron las declaraciones rendidas por los testigos promovidos por ambas partes, de ellos, a criterio de esta operadora de justicia, no emerge prueba para demostrar los alegatos esgrimidos por la parte demandante y en los cuales fundamenta su demanda, pero no es menos cierto, que siendo la acción de Divorcio un remedio que da el Estado a una situación que de mantenerse, resulta perjudicial para los cónyuges, los hijos, -en caso de haberlos-, y la sociedad en general, y la situación conflictiva en que los cónyuges han incurrido y que solo demuestra lo hondo de la ruptura y la imposibilidad de una futura vida en común, en esa circunstancia y en protección de ambos cónyuges, a lo que cabe agregar que no debe ser el matrimonio un vínculo que ate a dos personas en represalia por su conducta, sino por el común afecto; por tanto, las razones que haya podido tener un cónyuge para proferir injurias contra el otro, sólo demuestran lo .....