Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos: CRUZ JUVENAL RONDON SUAREZ y SILVIA RAMONA ARENA SAEZ, ambos plenamente identificados, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los une celebrado en fecha 29 DE AGOSTO DE 1998, por ante el Concejo Municipal de Santa María de Ipire, del Estado Guárico, y así se declara.-
Publíquese, Regístrese Y Déjese copia certificada.
Se homologa lo convenido por los cónyuges en la solicitud presentada en fecha 20 de septiembre de 2001, en la misma forma, términos y condiciones en que fue suscrita por ellos y así se decide.