En fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la presente demanda y en consecuencia de declara FIRME EL DECRETO INTIMATORIO dictado en fecha 26 de Septiembre de 2011, en el presente procedimiento de Cobro de Bolívares por Intimación interpuesto por la Abogada YENNIFER WALTERS, actuando en su carácter de apoderada Judicial de la parte demandante, ciudadana MIREYA COROMOTO RODRIGUEZ DE MORALES, contra el ciudadano MOHAMED RIFAI NABULSSI., ambos identificados en autos .
Procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena a la parte demandada ciudadano MOHAMED RIFAI NABULSSI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.747.412, a pagar a la .....