Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, correspondiente a la ciudadana MAIGUALIDA DE JESUS FLORES VARGAS, la cual aparece asentada en el Libro de Registro Civil de Nacimientos, llevado por la Jefatura de Registro Civil de la Parroquia Zuata, Municipio José Gregorio Monagas del Estado Anzoátegui, Acta Nº 103, en el sentido de que se corrija dicha acta de nacimiento en el siguiente término:
En donde dice: "...Que la niña cuya presentación hace, nació en esta Población, el día cinco de octubre de mil novecientos sesenta y ocho, a las cuatro de la tarde, que tiene por nombre MAIGUA ALIDA,", debe decir:
"...Que la niña cuya presentación hace, nació en esta Población, el día cinco de octubre de mil novecientos sesenta y ocho, a las cuatro de la tarde, que tiene por nombre MAIGUALIDA DE JESUS", y así se decide.-.....