En razón de lo antes expuesto, el Tribunal competente para conocer de la demanda en comento, tanto por el territorio como por la cuantía, es el JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO BAUTISTA URBANEJA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, motivo por el cual este Tribunal se declara incompetente por el territorio y declina la competencia para conocer por el territorio y por la cuantía, de la demanda por Cobro de Bolívares, por el procedimiento intimatorio, interpuesto por JOSE GREGORIO SEQUERA GUARIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.896.368, domiciliado en la calle el Dispensario N° 3379, Urbanización Héctor Evia Ruíz, del Sector Los mesones Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui contra SEGUROS CONSTITUCION C.A. inscrito en el Registro de Información Fiscal bajo el N° J-09028623-3, con domicilio en Centro Comercial Palma Beach, Ph. Municipio Diego Bautista Urbaneja Lecherías, Estado Anzoátegui, representada por el ciudadano.....