DECISION:
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento, interpuesta por BANCORO C.A., BANCO UNIVERSAL REGIONAL. Sociedad Mercantil , domiciliada en Coro, estado Falcón , originalmente inscrita en el Registro de Comercio llevado en la Secretaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario , del Tránsito y del Trabajo del Estado Falcón, en fecha 24 de Noviembre de 1950, bajo el Nro. 15, Tomo 1, reformado íntegramente su documento constitutivo e inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 17 de enero de 2008, bajo el Nro. 46, Tomo 1-A, a través de su apoderado judicial PEDRO LUIS PEDRO BURELLI, venezolano, titular de la cédula de identidad 6.965.973, abogado en eje.....