Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la Conversión en Divorcio de la separación de cuerpos y de bienes intentada por los ciudadanos OSWALDO JOSE MARTINEZ VERGEL y WENDY ROMINA ANTEQUERA ANDRE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.766.343 y 19. 482.112, respectivamente, con fundamento en el artículo, 189, en armonía con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, declara disuelto el vínculo del matrimonio civil contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos, en fecha 07 de junio de 2007, por ante la Oficina de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Turístico El Morro Lic. Diego Bautista Urbaneja, de la ciudad de Lechería, de este Estado, conforme consta de copia certificada de Acta de .....