este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por Desalojo de inmueble constituido por una casa- quinta, distinguido con el Nº. 5, situada en la manzana 17, V etapa de la Urbanización "Fundación Mendoza", de la ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar, del Estado Anzoátegui, interpuesta por el abogado MIGUEL RAMON LIZARDO OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 5. 488. 896, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano GILBERTO JOSE SILVA BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 1. 199.932, contra la ciudadana RAQUEL DEL VALLE MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 8. 215.752. En consecuencia, se condena a la parte demandada, Raquel del Valle Marcano. antes identificada a entr.....