Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos LENDIS CAROLINA BELISARIO, YUMELI ELENA FEBRES, JOSE MANUEL SALABERRIA, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos, ANABELL JOSEFINA GARCIA GALVIS, LUIS ALBERTO GARCIA GALVIS, LUIS ANTONIO GARCIA GALVIS, ROMINA ISABEL GARCIA GALVIS, LUIS ALFONSO GARCIA GALVIS, LUIS ADOLFO GARCIA GALVIS e ISABEL LUCILA GALVIS DE GARCIA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 11.735.695, 10.694.552, 10.694.551, 11.481.432, 11.735.685, 13.567.687 y 3.956.702 respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus LUIS ANTONIO GARCIA LOPEZ, quien conforme consta del Acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 1.199.669, de estado civil casado, fallecido en fecha 16 de .....