Por todos los motivos anteriormente narrados este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la petición de Desalojo interpuesta por la sucesión Hernández de Küper contra el ciudadano Antonio José Alloca Soto, plenamente identificado en autos, en consecuencia se condena al demandado a desalojar el inmueble objeto del presente juicio, el cual se encuentra plenamente identificado en el cuerpo de la presente decisión, completamente desocupado de bienes y personas, al pago de la suma de dinero adeuda por concepto de cánones de arrendamientos vencidos y no pagados, especificada en el libelo de la demanda; así como también los intereses moratorios devengados por dicha cantidad, los intereses que se siguieron venciendo hasta la publicación de este fallo, y los que se sigan venciendo hasta la cancelación de dicha deuda; igualmente se .....