Se declara SIN LUGAR, la falta de cualidad opuesta por la parte demandada, Así mismo se declara CON LUGAR, la pretensión por cumplimiento de contrato de transacción, interpuesta por la ciudadana María del Carmen Casas Núñez, contra el ciudadano Orlando Lozano, ambos plenamente identificados, en consecuencia se ordena al demandado a cumplir con la transacción por el suscrita, en lo relativo hacer la entrega material real y efectiva, constituido de un local comercial, que forma parte del inmueble distinguido con el Nº 5-107, carrera 7, frente al parque EL Tucusito de la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar de este Estado, condenándose en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-