En razón de los antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, , para asegurarle a los ciudadanos: PETRA JOSEFINA CARVAJAL LANZA, EUCLIDES CELESTINO CARVAJAL LANZA y NANCY COROMOTO CARVAJAL LANZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 8.235.794, 8.258.935 y 8.258.942, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara MARIA LANZA, fallecida ab-intestato el día dos (02) de junio de 2013, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.905.951. De conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.- Así se decide administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.-
Se deja expres.....