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Decisiones del dia 29/03/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BP02-S-2011-002935 N° Sentencia : 02234 Fecha: 29/03/2012
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
HECTOR JOSE LOPEZ Y ESTELA JOSEFINA MENDOZA LOPEZ
Resumen:
DECISION Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, formulada por los ciudadanos HECTOR JOSE LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.301. 967 y ESTELA JOSEFINA MENDOZA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-8.339.398, representada por su apoderado judicial, ciudadano MARCELO CARREÑO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11. 910. 256, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 109. 118. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil, contraído por los ciudadanos HECTOR JOSE LOPEZ y ESTELA JOSEFINA MENDOZA LOPEZ, por ante la Prefectura d.....
Juez/Ponente:
María Eugenia Pérez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
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N° Expediente : BP02-S-2012-000579 N° Sentencia : 02235 Fecha: 29/03/2012
Procedimiento:
Rectificación De Acta De Nacimiento
Partes:
TAHIS MARIELA BONAVISTA HERRERA
Resumen:
Ahora bien, el artículo 149 de la citada Ley Orgánica preceptúa, que procede la solicitud de rectificación judicial, cuando existan errores u omisiones que afecten el contenido de fondo del acta, debiendo acudirse a la jurisdicción ordinaria. Revisada el Acta de la cual se pide su Rectificación, el error consiste en que el Funcionario o Funcionaria de levantar el Acta inscribió por nombre de la presentada "THAIS", siendo lo correcto al decir de la solicitante "TAHIS", lo cual no afecta el fondo del Acta de Nacimiento, por cuanto lo que hubo fue inversión de las letras A y H, lo cual tiene que ser corregido en sede administrativa, conforme lo establece el artículo 145 de la Ley Orgánica de Registro Civil, al señalar que la rectificación de las actas en sede administrativa procederá cuando haya omisiones de las características generales y específicas de las actas o errores materiales que no afecten el fondo del acta. Así se decide De manera que, no siendo posible la Rectific.....
Juez/Ponente:
María Eugenia Pérez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
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