...este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que la parte actora corrija los defectos señalados en la primera parte de esta decisión, establecidos en el artículo 123 de la ley orgánica procesal del trabajo en sus numerales 3 y 4, que se refieren al objeto de la demanda, es decir, el accionante debe indicar con precisión lo que se pide o se reclama e indicar los hechos en que se apoya la demanda ordenando el despacho saneador del artículo 124 ejusdem, en consecuencia deja sin efecto la declaración de presunción de admisión de los hechos que riela al folios dieciocho (18) y diecinueve (19). Notifíquese a las partes a los fines que tengan conocimiento de dicha decisión por haberse publicado fuera del lapso previsto en la ley, a los fines.....